10.18234/secuencia.v0i114.1983
Artículos
Racionalidad y razonabilidad en la lucha contra el terrorismo internacional*
Rationality and Reasonableness in the Fight Against International Terrorism
Porfirio Cardona-Restrepo**1 https://orcid.org/0000-0001-5648-994X
Luis Guillermo Patiño Aristizábal***2 https://orcid.org/0000-0003-1987-0682
Juan Gabriel Toro Londoño****3 https://orcid.org/0000-0001-6373-6101
1Universidad Pontificia Bolivariana, Colombia porfirio.cardona@upb.edu.co
2Universidad Pontificia Bolivariana, Colombia luis.patino@upb.edu.co
3Universidad Pontificia Bolivariana, Colombia juangabriel.toro@upb.edu.co
Resumen:
Enfrentar al terrorismo internacional sin menoscabar los principios de convivencia y pacto social entre los pueblos ha sido uno de los retos de los Estados contemporáneos. Esta problemática demanda, independientemente de la cultura, tradición política o religiosa, atención porque, si bien el escenario de las políticas de seguridad cambió significativamente dentro y fuera de los Estados después de los atentados terroristas en 2001 a las Torres Gemelas del World Trade Center en Nueva York, dicho fenómeno sigue afectando la relación pacífica entre los Estados sin importar sus sistemas políticos, sus medios de ordenamiento y estructura interna, convirtiéndose además en una de las principales causas por las cuales Occidente se ha escindido sin lograr un consenso universal para enfrentarlo. De acuerdo con el enfoque de la teoría política normativa aquí seguido, se hace necesaria una aproximación al fenómeno entendiéndolo como un hecho social y político de alcance global que exige a todos analizarlo y enfrentarlo según su naturaleza, elementos que lo definen, objetivos, alcances y efectos. Se concluye que el terrorismo, pese a su complejidad, debe ser enfrentado desde la conjunción entre lo racional y lo razonable para encontrar así puntos comunes y nuevas perspectivas de coexistencia pacífica entre los pueblos.
Palabras clave: filosofía política; terrorismo internacional; relaciones internacionales; poder político; extremismo.
Abstract:
Fighting international terrorism without affecting the principles of coexistence and the social agreement among nations is one of the challenges of contemporary States. Though the situation of national security policies changed drastically within and outside the United States of America after the terrorist attacks against the World Trade Center in 2001, this issue demands attention because terrorism still affects peaceful relation between States, regardless of their political systems or internal structures; becoming one of the reasons why the Western world has split and why there has not been general agreement in how to prevent it. According to normative political theory, it is necessary to address this phenomenon by understanding it as a social and political fact of global reach, and analyzing it according to its nature, features, goals, scope, and effects. It is concluded that, despite the complexity of terrorism, it should be addressed from an intersection between what is rational and what is reasonable, so it is possible to find points of agreement and new perspectives for peaceful coexistence among nations.
Keywords: political theory; international terrorism; international relations; political power; extremism.
Recibido:
12 de mayo de 2021 Aceptado: 3 de noviembre de 2021
Publicado: 25 de agosto de 2022
INTRODUCCIÓN
El 11 de septiembre (11-S) se ha convertido en un punto de partida central por su carácter mediático y por ser un tipo de terrorismo que apareció en el escenario internacional distinto a otros, que viene a marcar no sólo una época, sino también una manera diferente de concebir y ejecutar el terror.1 La muestra híbrida de hacer violencia difiere del significado del arte de la guerra. En este nuevo terrorismo, donde la temporalidad y las declaratorias desaparecen, la violencia tiene un alcance global, golpea a Europa y Estados Unidos, a África, a los pueblos de Oriente Próximo y de Asia hasta su extremo oriental; el terror aparece en otros escenarios como redes sociales y manipulación psicológica llevada a extremos nunca pensados.
Estas nuevas formas de producir terror y de cometer actos terroristas han configurado relaciones políticas y, en general, han cambiado la forma de las dinámicas de vida de los ciudadanos. Ante los actos terroristas se requiere repensar el papel del derecho penal, incluso, el conocido derecho penal del enemigo de Günther Jakobs,2 en especial, el tipo de sanciones que habitualmente se aplican a los terroristas y el caos de la economía mundial que después de un acto terrorista actúa por prevención y especulación sobre el peligro y el riesgo (Bueno de Mesquita, 2003; Collier y Hoeffler, 1998, pp. 563-573; Weerapana, 2002, pp. 14-15). De ahí la intensificación de las medidas, como señala Garapon,3 para condenar a los sospechosos antes de que actúen.
Un acercamiento al fenómeno del terrorismo internacional implica enfrentarse a otros desafíos comunes: las contradicciones que surgen entre las opiniones políticas y jurídicas; la comprensión que requiere el entendimiento de otros fenómenos; los dilemas morales, políticos y jurídicos que las sociedades democráticas enfrentan en el momento de luchar contra el terrorismo; los medios de combatirlo y los límites impuestos por los derechos humanos. Todos estos asumen un significado distinto del acto de hacer justicia. Observar el cumplimiento y el respeto de los derechos humanos y las libertades individuales en momentos de terror ha sido una tarea difícil para muchas sociedades atrapadas por el miedo, que han optado por prácticas que van en contra de principios constitucionales que defienden: el espionaje masivo, los interrogatorios violentos o la tortura, la obstaculización de la libertad de expresión, la detención indefinida y los asesinatos selectivos.4 El uso estratégico del terror y el control de las emociones a través del miedo ha sido un instrumento habitual no sólo en las guerras civiles o revoluciones en la historia de la violencia, pero frente a estos dilemas5 y escenarios de terror, se deben establecer marcos comprensivos que superen las usuales respuestas políticas de seguridad ante el terrorismo.6
En este punto es preciso preguntarse: ¿si el terrorismo internacional afecta la relación pacífica de los Estados, indistintamente de su sistema político, sus medios de ordenamiento y estructura interna, por qué no se logra un consenso universal para enfrentarlo y minimizar su capacidad de acción? Una posible respuesta sería que sobre el terrorismo existen diversas interpretaciones acerca de sus causas,7 esencialmente referidas a una justificación religiosa,8 fundamentalista, que se oponen directamente a la racionalidad moderna, a la diversidad cultural, o posturas de extrema derecha o izquierda, independentistas o separatistas, etc.; otra respuesta sería la señalada por Lewis (2008) y Todorov (2008) a propósito de las pasiones dominantes que explican la formación de los Estados en los periodos coloniales y poscoloniales que obligan ir más allá de la cultura y los maniqueísmos para su correcta y prudente interpretación; de igual forma estaría la respuesta que advirtió Habermas (2006) sobre el unilateralismo hegemónico que se impuso por Estados Unidos en la “guerra” contra el terrorismo. Por último, sin cerrar otras posibles respuestas, es la postura aquí defendida según la cual se debe a los excesos de racionalidad sobre la razonabilidad lo que impide ese consenso universal.
La idea central en este artículo es que los Estados deben responder al fenómeno terrorista por la vía de la coerción que les da el monopolio de la fuerza legal como supuesto de la lucha contra el terrorismo internacional, pero impulsados primordialmente por el sentimiento de lo razonable, no de lo racional. Lo racional hace referencia a la preocupación egoísta de un Estado en su poder para satisfacer sus intereses básicos; lo razonable refiere básicamente a las cuestiones morales en las decisiones de las naciones en la política mundial, tal como lo explica Rawls (2001). Entre las decisiones racionales y razonables la vía intermedia consiste en la corresponsabilidad internacional y la nacional, en la que se acepte que tal fenómeno afecta a todos sin discriminación política, y que está anclado a la forma de producir terror constante de tal manera que sobrepasa cualquier reacción coercitiva. Se propende que, en la intersección de lo racional y lo razonable, se ejerce una acción directa contra el terrorismo con aquello que se diseñó desde la Paz de Westfalia: un sistema de Estados que defienda su soberanía y territorio, no con el argumento de la religión u homogeneidad racial, sino con el principio de mantener una paz entre las naciones que incluye reducir la capacidad de acción de los terroristas sin lesionar principios fundamentales. Este ideal de los propósitos y fines del Estado a veces puede diluirse cuando este participa de la hechura del terrorismo o incluso cuando lo alberga y justifica, o cuando trata de imponer simples intereses hegemónicos.
El desarrollo temático de este escrito será el siguiente: primero, se hace una aproximación a la definición objetiva del terrorismo con el propósito de analizar su alcance político en el orden internacional contemporáneo; en una segunda parte, se presenta la idea sobre la política antiterrorista racional y razonable como un marco explicativo alternativo a los formulados por la teoría y ciencia política;9 en la tercera, se alude a la necesidad de un nuevo marco común de seguridad a fin de encontrar formas para superar la inestabilidad global y la dialéctica del odio generada por el terrorismo y, finalmente, se formulan algunas conclusiones.
HACIA UNA DEFINICIÓN OBJETIVA DEL TERRORISMO
El intento por definir el terrorismo ha sido permanente a lo largo de los siglos xx y xxi. Su difícil delimitación10 ha llevado a que sea una expresión imprecisa en diversos campos, como el jurídico, sociológico, histórico, filosófico y político. Generalmente, se ha entendido más por contextos determinados que por una explicación lógica (Torres, 2009, p. 157). De hecho, ha resultado usual trabajar su definición en un espacio geográfico o contexto histórico, sin tratar de hallar razonamientos invariables que le den una interpretación general, fija y concluyente. Esta condición, no del todo ejemplar, ha permitido la sobreutilización del término acomodado en escenarios que presentan elevados índices de violencia, pero que no obedecen necesariamente a prácticas terroristas.11
La situación es frecuente en los medios informativos y periodísticos, donde el interés publicitario generalmente termina reduciendo formas de violencia a la noción de terrorismo, imponiendo una interpretación y abusando de su significado para magnificar algunos hechos (Rivas, 2012). Los Estados también han construido sus propias interpretaciones a partir de las circunstancias inherentes a su seguridad interna y muchas veces lo han usado como estrategia de deslegitimación hacia los grupos y organizaciones armadas que se oponen radicalmente al régimen establecido o demandan cambios en su estructura política (Borradori, 2003; Chomsky, 2007).
En el siglo xx el terrorismo aparece como un elemento que promueve el cambio social y político, mientras que el terrorista se convierte en el transmisor de un mensaje concreto (Ainz Galende, 2011, pp. 31-62). Los actos violentos perpetrados por alguna institución estatal o por algún grupo insurgente, fueron forjando una concepción de terrorismo que ha ido variando según la época o el impacto causado. Así se puede apreciar en las definiciones recogidas en los trabajos de Tortosa (2006), Norton (1995), entre otros. No hay unanimidad en las definiciones, pero puede inferirse de estas que los actos terroristas tienen un fin político y que normalmente buscan desestabilizar y causar miedo en la sociedad. Precisamente, de algunas definiciones formuladas en diferentes campos del conocimiento se pueden extraer elementos comunes que permiten comprender el terrorismo como una forma de violencia delictiva diferente de otras violencias (Molano, 2010, pp. 225-252). Tilly (2017, p. 34) afirma que el terrorismo es una estrategia de conflicto llevada a cabo por especialistas en violencia, mientras que Espada (2010) “Quiere más publicidad”. Heinzen,12 en su célebre ensayo Asesinato y libertad (Mord und freiheit, 1851),13 defendió el terror como abrigo de las reivindicaciones políticas (Corte, 2013; Jordán, 2011, p. 113; Lutz y Lutz, 2004; Ramonet, 2001).
Ahora bien, ¿cuál es el carácter o la naturaleza política del terrorismo? Jenkins (1964) realiza un estudio del terrorismo internacional y marca una distinción explicativa entre causas, objetivos políticos, actos o medios de confrontación empleados por sus actores, en los que los primeros son de índole subjetiva y los segundos objetiva, que son los más indicados para tratar de definir este fenómeno. Los actos del terrorismo buscan dejar un mensaje que desestabilice políticamente una sociedad y causar daños psicológicos a las personas que padecen la violencia con la finalidad de influir sobre sus comportamientos. El terrorista es considerado como tal en virtud, no de su identidad ideológica o su finalidad política, sino del método de acción violenta que emplea para conseguirla (Zuinaga, 2011, p. 20). En otras palabras, un grupo de personas que lucha por la autodeterminación de su pueblo o contra la opresión extranjera, o una colectividad étnica, separatista o nacionalista, que se enfrenta violentamente por la defensa de sus reivindicaciones, puede llegar a ser considerado terrorista en la medida en que utilice el terror como táctica o estrategia de confrontación. Lo mismo sucede con las organizaciones revolucionarias, subversivas y guerrilleras que, pese a tener un status político, muchas veces la naturaleza de sus motivaciones consideradas emancipadoras de la población frente a los regímenes tiránicos e injustos que la dominan, pueden perder dicha condición si, entre sus prácticas, comienzan a ejercer una violencia indiscriminada contra civiles tendente a producir un estado de miedo generalizado y una afectación sistemática de los derechos humanos.
Aun cuando el terrorismo ha sido juzgado comúnmente como un conflicto asimétrico y una forma de violencia contra los más débiles, de igual forma se podría decir de los débiles contra los fuertes (Horgan, 2006). Es el caso de las violaciones sistemáticas a los derechos humanos de las que han sido víctimas minorías étnicas, religiosas y políticas de los Estados en los que sus autoridades han abusado del poder contra sus opositores. En contraposición, aquellos que no se encuentran en la capacidad de librar un combate en el mismo nivel de hostilidad que lo haría un ejército regular, recurren al terrorismo como estrategia de confrontación. De hecho, el terrorista es denominado así por no observar los principios y las reglas de una guerra clásica, aunque por ser esta una designación peyorativa y una herramienta de deslegitimación, no es aceptada por las minorías que ejercen el terror en contra del poder político establecido.
Laqueur (2003) plantea que el terrorismo es diferente al de las acciones de la guerrilla, porque es “la utilización de una furtiva violencia por parte de un grupo para la consecución de fines políticos” (p. 125). Si bien esta definición excluye aspectos relacionados en otras definiciones, “sirve de pábulo para desentrañar la esencia de esta práctica, pues destaca un elemento clave para comprender el terrorismo: la furtividad de la violencia” (Lobo, 2014, p. 15).
Horgan (2006) enfatiza en el carácter psicológico de este fenómeno y concuerda con la mayoría de los expertos en el tema, que el fin inmediato que buscan estos actos es llevar a sus víctimas al pánico o miedo generalizado que posibilite la manipulación de sus comportamientos y actitudes frente a la situación que interesa a los agentes de la violencia. Las campañas terroristas que consiguen mantenerse en el tiempo y se aproximan con mayor rapidez a sus efectos psicológicos esperados y objetivos finales son aquellas que conservan la atención de la opinión pública por medio de ataques crueles y mediáticos. La espectacularidad de un episodio violento asegurará su publicidad inmediata y suscitará la interpretación según la cual es mejor claudicar a los intereses terroristas que padecer un estado de zozobra y amenaza constante.14
Walter (1972), en un sentido similar, sostiene que el éxito de la fórmula clásica del cálculo terrorista se debe al efecto psicológico logrado por el miedo ocasionado en el público objetivo y por la satisfacción suscitada entre partidarios y simpatizantes de la causa terrorista. Este cálculo implica una estrategia de provocación, como lo señala Waldmann (2006, p. 75), al entender el terrorismo como “atentados violentos escandalosos contra un orden político, preparados y organizados desde la clandestinidad. Su finalidad es difundir, en primer lugar, inseguridad y miedo, pero también simpatía y predisposición al apoyo” (p. 62). Con esta definición se destaca la esencia política del fenómeno y se descarta en igual sentido el terrorismo de Estado en tanto que sus dirigentes, si bien pueden llegar a instaurar un gobierno de terror, no pueden adelantar una política terrorista de cara a su propio pueblo sin que esto implique apartar la institucionalidad estatal de sus fundamentos y perder la legitimidad que requiere para subsistir a largo plazo dentro del sistema internacional. Responsabiliza por tanto de la violencia a grupos clandestinos que actúan en contra de un sistema político determinado para producir miedo y sumar así adeptos a su causa. La clandestinidad es una obligación para toda organización terrorista por su carácter delictivo y por carecer de los medios, los recursos y la legitimidad suficiente que les permita confrontar exitosamente en igualdad de condiciones a las fuerzas del Estado.15
En teoría, no se dispone de un consenso en relación con una definición académica y jurídica inequívoca del terrorismo en un contexto universal (Aksenova, 2015; Jackson y Sinclair, 2012, p. 218). Aun cuando es un fenómeno multicausal, se puede convenir, como señaló Lobo (2014), al seguir los doce elementos comunes resaltados en 2011 por Schmid (2012) en algunos rasgos comunes de definiciones académicas:
El terrorismo es tanto una doctrina como una práctica; 2) este se presenta en contextos de represión estatal ilegal, de agitación política por parte de actores no estatales y como táctica de guerra irregular empleada por Estados y por actores no estatales; 3) usa la violencia o amenaza con usarla; 4) busca imponer demandas a grupos o gobiernos, así como obtener legitimidad frente a determinados grupos; 5) infunde temor entre aquellos que se identifican con las víctimas directas; 6) las víctimas directas suelen ser civiles o no combatientes; 7) se aprovecha de los medios de comunicación masiva para difundir su mensaje de temor; 8) los perpetradores pueden ser individuos o grupos organizados; 9) es un fenómeno predominantemente político; 10) la intención es aterrorizar para conseguir fines; 11) las motivaciones son variadas; 12) las causas del terrorismo son diversas, tales como venganza, castigo, revolución, liberación nacional, causas ideológicas, etc. (Lobo, 2014, p. 14).16
Para la comprensión integral del fenómeno y su respuesta razonable, estas causas deben entenderse mas no justificarse. El Estado debe hacer uso de sus atributos legales, diplomáticos, de inteligencia y policía para contrarrestar la amenaza terrorista, sin recurrir al terror. Entiéndase que el terrorismo es una forma de violencia diferente a las expresiones criminales más cercanas a la delincuencia común, cuyos criterios de diferenciación se encuentran en sus efectos psicológicos, ideológicos, así como en la legitimidad y publicidad.
Las organizaciones terroristas propiamente dichas usan el terror de manera sistemática con fines esencialmente políticos. Esto quiere decir que ni el Estado ni las guerrillas pueden considerarse en principio terroristas puesto que, si bien pueden hacer uso del terror con fines políticos, lo hacen de manera auxiliar o táctica, pero no exclusiva o sistemática. Existen otras diferencias que tienen que ver con la naturaleza clandestina del terrorismo y su búsqueda de control mental, no territorial. Aquí se recuerda la anotación sobre los grupos terroristas que reivindican control territorial y una identidad clara como organización, que desdibujan algunas fronteras que los diferenciaban de otras formas de violencia (isis es el caso más representativo). Debe hablarse de terror de Estado, no de terrorismo de Estado ni de Estados terroristas; tampoco de guerrillas terroristas, sino de guerrillas que usan el terror entre sus tácticas de guerra. Los fines políticos que se persiguen mediante el uso del terror varían de acuerdo con las reivindicaciones de diferentes contextos históricos.
Para una aproximación a una definición integral del terrorismo deben, por tanto, tenerse en cuenta los medios usados y los fines perseguidos. El medio persigue un objetivo inmediato a través del uso público del terror; los fines persiguen un objetivo mediato de carácter psicológico y político. Para efectos del presente escrito, una definición aproximada de este fenómeno podría ser la siguiente: el terrorismo es la amenaza o ataque indiscriminado que puede afectar a personas, propiedades o bienes simbólicos, alterando sus comportamientos mediante el terror para generar circunstancias favorables a los intereses políticos e ideológicos de sus perpetradores. A partir de esta concepción, conviene centrarse ahora en su alcance en el orden internacional contemporáneo, como se verá a continuación.
EL
TERRORISMO INTERNACIONAL
EN EL ORDEN INTERNACIONAL CONTEMPORÁNEO
Luego de la anterior aproximación a la definición de terrorismo, el punto de partida que se tiene para considerar su alcance en el orden internacional contemporáneo es la amenaza del terrorismo internacional conocida en los atentados del 11-S.17 Esta amenaza ha sido interpretada por Estados Unidos y sus “aliados” como una declaración de “guerra” contra Occidente, impulsada por un enemigo que, inspirado por un odio teológico (Odium theologicum) cada vez mayor, intenta dar al mundo formas no occidentales para imponer sus propios valores culturales.
Esta perspectiva, así formulada, plantea dos problemáticas inquietantes. La primera porque la expresión “guerra contra el terrorismo” no era una metáfora similar a la “guerra contra las drogas” o la “guerra contra la pobreza”; la respuesta bélica en Afganistán e Irak y las formas como se pretendió modificar el derecho internacional bélico, hizo ver que se trataba de una declaración que iba en firme. La segunda porque generaba el interrogante si los motivos que impulsan el terrorismo contemporáneo pueden calificarse como un acontecimiento o una de las tendencias anunciadas por la tesis de Huntington (2006) del choque de civilizaciones en el que la rivalidad ideológica quedaba sustituida por una estrictamente cultural.
Algunas críticas han señalado que no se trata de un choque de civilizaciones, sino de una reacción fundamentalista contra la modernidad occidental con su pretendida racionalidad, creada a partir del discurso de la Ilustración y de los presupuestos esencialistas dados desde la tradición filosófica incorporada en la institucionalidad política moderna. El terrorismo islamista sería así un aspecto particular de ese terrorismo basado en una doctrina ideológico-política de corte antiliberal y antidemocrática que tendría su génesis particular en la liberación de los territorios musulmanes en manos de Occidente (Ainz Galende, 2011; Borradori, 2003; Lewis, 2008).
Aun cuando esta sea una perspectiva para definir el terrorismo contemporáneo como un terrorismo con fisonomía islamista, la denominación sigue siendo una generalización excesiva y limitada que no permite distinguir, como señaló Todorov (2008, p. 158), por ejemplo, entre los terroristas chechenos o palestinos, que luchan por la independencia de su país; los terroristas de al-Qaeda, que dicen combatir por la derrota de los cruzados y la victoria del islam, o los terroristas de la derecha radical, que centran sus propósitos contra lo que denominan la lucha cultural, las expresiones multiculturales, la presencia de migrantes, musulmanes, entre otros (Arias, 2020). Una crítica similar puede encontrarse en Boaventura de Sousa Santos (2014), quien advierte sobre las dificultades de tratar el caso del fundamentalismo islámico como un fenómeno monolítico.
El terrorismo se configura como una nueva forma de poder internacional que se opone, de cierto modo, a muchos de los postulados del proyecto de la Modernidad occidental; pero, ¿cómo lo hace? Aunque este se presenta con rostro fundamentalista o nacionalista, en realidad es complejo y multicausal. Eso significa que es necesario superar la variable cultural al igual que la de la concepción modernista, si el propósito es precisamente comprenderlo. De ahí que sea impreciso entenderlo como manifestación o expresión exclusivamente religiosa o como una reacción fundamentalista a la racionalidad ilustrada. La cultura ha adquirido relevancia como criterio para comprender ciertos fenómenos de violencia en el contexto internacional, pero no alcanza a explicar el universo significativo que origina el terrorismo contemporáneo. Al terrorismo hay que vincularlo con otros fenómenos presentes a finales del siglo xx y principios del xxi, esto es, la situación contemporánea internacional, la configuración de un nuevo orden mundial y la posición hegemónica de Estados Unidos como única potencia triunfadora de la guerra fría.
A finales del siglo xx se pensaba que los postulados de la secularización y la democracia occidental serían asumidos universalmente (Fukuyama, 1989). Aunque no se consideró en su momento relevante, la variable cultural resultó válida y útil en el análisis internacional, por lo menos iniciando el siglo xxi, porque el sueño de estabilidad internacional y de hegemonía occidental resultaba poco factible frente a las formas como se empezó a configurar el orden internacional cuando Occidente expandió su poder en el mundo. La explicación minuciosa que Huntington (2006) se proponía demostrar años atrás, afirmaba que el resurgimiento del islam era una reacción civilizacional frente a los modos de organizar el mundo occidental, aunque en ningún momento su interpretación descartó otros elementos explicativos.
Los efectos directos y colaterales de los atentados del 11-S superan ampliamente los paradigmas usados para el cuestionamiento escueto del poder militar de Estados Unidos y la simple oposición frente a la primacía de los valores occidentales para darle forma moderna y occidental al orden mundial. El terrorismo, con independencia de los motivos que lo impulsen y la responsabilidad moral y jurídica de quienes lo emplean, “reveló el talón de Aquiles de Occidente: la guerra irregular, asimétrica y de baja intensidad” (Charles-Philippe, 2008, p. 33), dejando un amplio margen en la interpretación de su alcance internacional, con interrogantes que se pueden formular desde la teoría política sobre los presupuestos racionales y razonables de cómo combatirlo.
LA POLÍTICA ANTITERRORISTA RACIONAL Y RAZONABLE
La necesidad de repensar el fenómeno del terrorismo contemporáneo pone en perspectiva algunas consideraciones para enfrentarse al mismo según varios problemas: primero porque quedan cuestionamientos sobre si es suficiente con limitar la comprensión del terrorismo a las acciones de los movimientos terroristas islamistas internacionales; segundo, si metodológicamente es pertinente remontarse a otros momentos y procesos históricos; tercero, si cabe entenderlo a partir de ciertas tácticas militares como las llevadas a cabo por las guerrillas; cuarto, si el origen de los actos terroristas se encuentra únicamente en pequeños disidentes radicales de la esfera institucional y social; quinto, si puede ser visto como una política de la cual puede servirse incluso el Estado. Tales interrogantes exigen respuestas frente a las cuales la filosofía política podría ofrecer una gran orientación. Asimismo, tanto la teoría política como la literatura han intentado dar respuestas y, en cierta medida, tratan de entender las causas y los peligros que representa el terrorismo en el contexto global.18
La estrategia militar ha aumentado la actividad terrorista y ha dado paso a nuevas formas de comprender la política internacional de la posguerra fría. Esto, frente al balance de cómo se ha de enfrentar el terrorismo, luego de emerger la preocupación ética en la opinión pública de que se respeten los límites ético-jurídicos ante el maltrato y tortura que hubo en las cárceles de países aliados como Abú Graíb en Irak y Bagram en Afganistán, en las prisiones secretas de la cia o, incluso, en las bases militares estadunidenses, como Guantánamo (Todorov, 2008, p. 171). Desde Occidente se aceptan ciertos límites para restringir la guerra a unos marcos ético-jurídicos. Ahora bien, ¿es esta una buena estrategia para ganar la “guerra” cuando aceptarlos presupone la limitación del uso de la violencia?
En general, estos aspectos han de ser considerados con criterios racionales y razonables desde los que se debe examinar y fundamentar la política antiterrorista, particularmente, porque la tradición occidental plantea salidas en un sentido normativo; esto equivale a sostener que la vía racional y razonable implica una acción institucional y ética, en la que se debe proteger los civiles manteniendo siempre unas normas coherentes en materia de reacción del Estado en el uso de la violencia legítima frente a lo que hacen otros actores internacionales para tratar de reducir las amenazas. El punto de vista institucional allí inscrito está en cómo las sociedades pueden enfrentar un problema mayor de orden social y moral. Los Estados pueden atacar los fenómenos violentos por vía institucional y, también, deben proponer a la sociedad factores de articulación entre las medidas institucionales que respondan a los requerimientos sociales y la propuesta normativa de comportamiento de los ciudadanos dentro de un Estado.
Se puede aludir a la creencia en la democratización como objetivo básico de la lucha antiterrorista que sigue firme porque se considera que la democracia conduce, a largo plazo, hacia un mundo sin terrorismo. Simplemente se debe saber exportar de acuerdo con la realidad de la interdependencia y siguiendo otras medidas específicas (Barber Burusco, 2004). Esta tesis, aunque propone unas reglas pertinentes para efectos de combatir el terrorismo y exportar la democracia, cae en una concepción de la misma como antídoto principal contra el terrorismo que es poco plausible porque, aunque se exporte por medios más amigables, no previene ni disuade a los terroristas. Antes bien, “los métodos ilegales utilizados por el gobierno estadunidense para combatir a los terroristas no han conseguido que éstos disminuyan ni que sean menos violentos, sino, todo lo contrario, se han convertido en un argumento para reclutar a nuevos yihadistas que resultan ser todavía más nocivos” (Todorov, 2008, p. 179). La lucha contra el terrorismo se debe plantear en un marco de prevención que apunte a reducir más las actividades terroristas sin permitir que se siga desmoronando la concepción moral del Estado de Derecho. La tortura es condenable porque es un atentado inadmisible contra la idea de humanidad. Esta crítica es pertinente porque la “guerra infinita” ha conducido a la degradación de las libertades y derechos civiles en diferentes rincones del planeta. Toda política antiterrorista debe guardar equilibrio con los derechos humanos y, para ello, las democracias deben mantener vivo su sentimiento de lo razonable.
Combatir el terrorismo internacional es de los mayores problemas y retos contemporáneos, especialmente cuando la situación obliga a hacer una corrección moral y estratégica de los errores. En general, se han contemplado varios aspectos para combatirlo: político, económico, militar, policial, judicial, incluida la respuesta bilateral o multilateral. En la práctica las situaciones han sido distintas, los países se han dividido por razones morales y de eficacia en cuanto a si la lucha debe implicar sólo acciones de policía o también de tipo militar. Quienes se ubican en la orilla de la proporcionalidad, sobre todo después de las consecuencias de la intervención militar en Afganistán e Irak, respaldan las acciones de policía por razones morales y legales, que ciertamente son acciones que van aumentando puesto que la mayoría de las actividades terroristas vienen cesando más por presión policial y procesos políticos que por actividades militares. De hecho, siempre se ha acusado de producir más guerra y más terrorismo a la “guerra global contra el terrorismo” liderada por Estados Unidos; lo demuestran los fracasos militares (Habermas, 2006; Todorov, 2008) y la duda lógica de poner en marcha nuevas operaciones de militares para combatir algo que por definición no es una guerra.
Ciertamente hay que defenderse del terrorismo en una modalidad que combine el ejercicio del poder coactivo del Estado y la prevención, sin adoptar los mismos métodos terroristas; son enteramente condenables las medidas preventivas y punitivas que incluyan la tortura, el asesinato, la corrupción, el chantaje, las represalias colectivas, entre otras. Las respuestas al terrorismo son legítimas sólo cuando se gobiernan por los mismos principios morales que lo condenan (Walzer, 2004). El análisis de las razones profundas del terrorismo es relevante y decisivo, de allí que para afrontarlo se requiere no sólo pensar en la proporcionalidad de los medios, sino, también, partir de un análisis realista de sus “raíces”, en lugar de negarlas radicalmente.
Aun cuando no existe una fórmula para una victoria decisiva en la lucha contra el terrorismo, la operación ofensiva y defensiva debe ser racional y razonable. Esta distinción, prescrita hace algunos años por Rawls (2001), asiente en que el término “racional” hace referencia a la preocupación egoísta de un Estado en su poder para satisfacer sus intereses básicos; lo “razonable” hace referencia al carácter moral de las naciones en la política mundial. Una lucha contra el terrorismo racional y al mismo tiempo razonable excluye el unilateralismo hegemónico en el que la seguridad corre por cuenta propia, las guerras disfrazadas de prevención y condena las medidas preventivas y punitivas que renuncian al sentimiento de lo razonable.
Un enfrentamiento que contenga las premisas racional y razonable intenta respuestas diferentes que no ignoren las “raíces” del terrorismo, van más allá de las intervenciones bélicas preventivas como las guerras hechas contra Afganistán e Irak. Después del 11-S, la cooperación internacional se redujo en la medida en que Occidente se escindió y muchos otros países tomaron caminos políticos independientes. Si bien se juzga que este camino es inadecuado porque no hay forma de hacer frente al terrorismo si no prevalece una constante cooperación internacional –tanto bilateral como multilateral–, cierto es que la coordinación no será efectiva, aunque esté conducida por democracias liberales. Si no se hace uso adecuado de los instrumentos internacionales, y si las democracias no se restringen por su sentimiento de lo razonable los Estados mantendrán una lucha contra el terrorismo siempre aspirando a retener parcelas clásicas de poder, que en el ámbito de la cooperación internacional hace, como ocurre con las Naciones Unidas y el Consejo de Seguridad, que estos organismos no tengan real protagonismo.
Al señalar que la política antiterrorista no se ha restringido por el sentimiento de lo razonable, se está pensando en los objetivos planteados en la instauración de democracias a lo largo y ancho del mundo. La democratización ha conducido, entre otras cosas, a la politización y geopolitización del antiterrorismo como principio organizador para continuar con la búsqueda de introducir en el orden mundial y otras culturas, lógicas democráticas y principios occidentales. La dificultad que plantea es que “la subordinación de la campaña contra el terror a consideraciones políticas y geopolíticas ha resultado ser extraordinariamente improductiva para alcanzar los objetivos de seguridad de Estados Unidos y perjudicial para los esfuerzos del mundo para contener el terrorismo” (Zolo, 2007, p. 200). Una concepción racional y razonable de la lucha contra el terrorismo no es partidaria de estrategias antiterroristas diseñadas exclusivamente por el uso del poder militar para atacar directamente a las organizaciones terroristas o a los Estados vinculados con el terrorismo, mucho menos por la imposición a la fuerza de un sistema político democrático para hacer del terrorismo una vía menos atrayente.
Las democracias que combaten racional y razonablemente al terrorismo no caen en la falsa consideración según la cual la democracia es una solución segura y que sólo ella puede abordar las complejas fuentes del terrorismo (Mathews, 2007, p. 204). Antes bien, consideran que para mantener la firmeza de la democracia hay que dar prioridad a la acción policial y judicial dentro de la lucha antiterrorista, acompañada por un proceso político respetuoso para modificar, de manera razonable, los factores estructurales y culturales conducentes a la violencia, que actúe con arreglo a la ley internacional y los derechos humanos (Cortina, 2000), el multilateralismo y la seguridad humana por encima de los intereses racionales –económicos y militares o hegemónicos–, que dan lugar a las guerras preventivas o invasiones a países terceros. En lugar de pensar en una reforma democrática del mundo musulmán, se debe pensar en una ética de la prevención que no permita que el modelo democrático quede manchado por la racionalidad y la violación de los derechos humanos y las restricciones libertarias.
La política antiterrorista racional y razonable no puede ser planteada como un esfuerzo por imponer valores de democracia y liberalismo como universales. Esto aplicaría del mismo modo para las sociedades que tratan de imponer el proyecto de islamización en Occidente y el mundo. Tras el final de la guerra fría se pueden evidenciar hechos que son compatibles con el proceso civilizatorio, lo que indica que no es del todo incompatible con la coyuntura política mundial que se extiende por el mundo después del 11-S.19
La lucha antiterrorista ha mostrado que el mundo no se divide por afinidad cultural sino en función de muchos otros factores. Para algunos gobiernos occidentales que declararon la guerra contra el terrorismo, se divide entre los que apoyan el terrorismo –rogue states–20 y quienes lo combaten; ahora, después de la política antiterrorista, el mundo se dividió entre los que combaten de manera racional y aquellos que piensan que, además de racional, debe ser al mismo tiempo razonable. En otras palabras, “hoy el disenso normativo escinde al propio Occidente” (Habermas, 2006, p. 33), esto es, entre los que aceptan o no que el derecho internacional, las instituciones internacionales, los valores y la moral, sean formas generalizadas en las que los Estados deben definir sus intereses (Sarquis, 2005, p. 161).
Se está, entonces, ante una compleja dinámica social, especialmente en su dimensión internacional contemporánea, que muestra una ruptura paradigmática tras el inesperado fin de la guerra fría porque: “las categorías exclusivamente económicas o preferentemente políticas del análisis lineal que predominó en el escenario intelectual propio de la segunda mitad del siglo xx dejaron de ser adecuadas para explicar, de manera integral, la creciente y compleja realidad internacional que, desde finales de la década de los ochenta del siglo pasado, se proyecta hacia el siglo xxi” (Sarquis, 2005, p. 162)
La imagen interestatal que se plantea del orden global de posguerra fría y del terrorismo obligan a ajustar más el análisis a lo multicausal, a una percepción matizada sobre la relación que existe entre los diversos Estados en una sociedad global compleja e imperfecta, en la que actualmente se compite por mantener el control y la jerarquía frente a otros Estados y actores no estatales. Si bien no se puede hablar de un orden político global de posguerra fría, sí, por lo menos, de una agrupación de países democráticos determinados por la cultura o el miedo como pasión dominante (Todorov, 2008), y por unas características propias de racionalidad y morales de razonabilidad (Torres-Ruiz y Ravecca, 2014.)
Estos criterios no dan licencia a las potencias como si fueran el faro moral o depositarias del progreso humano cuando en las guerras preventivas no se invocan razones normativas. Pese a reconocer los países democráticos como regímenes que pueden esgrimir criterios razonables, no indica que están en un plano moral o político más alto que otros pueblos; simplemente se conciben como pueblos que, restringidos por el sentimiento de lo razonable, no son expansionistas para defender sus propios intereses de seguridad frente a distintos tipos de amenaza. Eso significa que los criterios básicos no se usan para identificar una supuesta transición hacia un orden cosmopolita, sino para comprender las razones por las que la comunidad internacional se ha dividido.
Esta imagen ajustada muestra un panorama amplio de la conducta de los Estados democráticos que luchan contra el terrorismo internacional, aun cuando algunos de estos también han colaborado con grupos terroristas en algunas instancias y que no hacen parte de los rogue states. Esta “guerra” ha señalado que Occidente no ha conservado lo razonable ni en lo doméstico ni en lo internacional frente a la amenaza. Si la imagen reproduce una forma de agrupar los países con criterios de racionalidad y razonabilidad, es decir, entre los Estados que precisan sus intereses en función del poder y los que lo hacen de acuerdo con vínculos morales y legales cuando tratan de defender valores universales, entonces se puede mirar de manera crítica el unilateralismo hegemónico que desarrolla la lucha antiterrorista en ejercicio de un poder político por fuera de la razón que excluye los vínculos morales y jurídicos.
Estas dos categorías no permiten hacer un ajuste radical al nuevo orden mundial, tampoco son la guía para observar completamente la nueva coyuntura internacional, pero son una pauta útil para hacer una crítica moral a las políticas antiterroristas y mirar de una manera alternativa –a los criterios culturales o de emociones políticas nombradas como pasión dominante– cómo interactúan y se agrupan los Estados frente a la realidad del terrorismo internacional. Aunque se constate en la política mundial la confrontación de Occidente con muchos no-occidentes, la intensificación del fundamentalismo religioso, la multiplicación de los conflictos étnicos y el resentimiento de muchas naciones contra Occidente, la política global no pasa por una bifurcación cultural ni una pasión dominante que desplace la polarización desde los aspectos racionales y morales.
La distinción formulada por Rawls –lo racional y lo razonable– son dos criterios básicos útiles para ofrecer una alternativa para entender el comportamiento de los Estados. Si la racionalidad prescinde de lo razonable, entonces un Estado actúa por sus fines y no tiene presente el “criterio de reciprocidad” para imponer prácticas de dominación, es decir, desde esta perspectiva los Estados están determinados por intereses exclusivamente racionales y prudenciales, definidos por disputas interestatales para tener más poder, como controlar recursos energéticos o consolidar la propia hegemonía planetaria. En cambio, lo razonable, se refiere básicamente al carácter moral de las naciones en la política mundial, donde los Estados buscan proteger a sus ciudadanos, preservar sus instituciones políticas, garantizar las libertades, la autonomía y los derechos de sus habitantes, pero no a cualquier costo (Rawls, 2001). Los pueblos tienen un cierto carácter moral, lo que quiere decir que su conducta racional está organizada y se manifiesta o se encuentra restringida por su sentimiento de lo razonable. Por tal motivo, los intereses que mueven a los pueblos en la política mundial deben ser congruentes con el debido respeto por los otros pueblos.
Esta interpretación puede proporcionar algunos elementos para comprender el comportamiento de los Estados en la lucha antiterrorista de posguerra fría.21 De acuerdo con su estructura interna y siguiendo la línea de una ética preventiva que se pregunta cómo pueden las democracias luchar contra el terrorismo sin destruir los valores que defienden, una estrategia que aspira a vencer el terrorismo internacional a través de la expansión de la democracia es razonable siempre y cuando replantee la reorganización del orden mundial trazando una alternativa a la racionalidad del poder político que normalmente opera por fuera de la ley mediante unos procedimientos de excepción que se convierten en la base de un nuevo orden jurídico.
El Estado estadunidense declaró la guerra contra el Estado proscrito del régimen afgano ajustándose a ciertos criterios de justicia. Las hostilidades mostraron que las condiciones de una guerra justa se alteraron, definida inicialmente como guerra asimétrica, que prometía un desarrollo limitado a la organización de al-Qaeda y a los miembros del régimen Talibán. La guerra terminó con bombardeos indiscriminados y en el desarrollo de un proyecto de consolidación hegemónico cuando Estados Unidos atacó a Irak sin ninguna conexión clara con al-Qaeda (Rodríguez, 2005). Rodríguez manifiesta que defender los valores de Occidente a través de la guerra es un camino equivocado, por eso, en lugar de la solución militar le parece mejor eliminarla para evitar las razones que propician la formación de los terroristas.22 La lucha contra el terrorismo debe pasar, en efecto, por un gran operativo policial internacional en lugar de la guerra, y por la reconstrucción de un vínculo renovado de tolerancia entre los pueblos, que no es otra cosa que establecer relaciones desde principios fundamentales para modular las intemperancias de cualquier orden, en conjunto con la asistencia a los pueblos menos favorecidos y el respeto de los derechos humanos. Sólo así se podrá reducir la posibilidad de la guerra a su mínima expresión.
De lo anterior, cabe señalar que los múltiples intereses que fundamentan la distinción entre lo racional y lo razonable muestran que una forma en la que los Estados pueden combatir el terrorismo de una forma razonable, desde la prevención, siempre van a defender la existencia de amplios esquemas de cooperación política para que los gobiernos coordinen sus acciones y estén ausentes los motivos familiares de la guerra o la pretensión de establecer un orden hegemónico. Al ser los Estados los actores primordiales de la política internacional, con frecuencia se les juzga racionales en el sentido de estar siempre preocupados por maximizar el poder. Pero, en esta forma simplificada, es posible encontrar principios y límites que permitan tratar las dificultades y desafíos que plantea un pueblo democrático que renuncia a su carácter moral con el pretexto de una supuesta “guerra contra el mal”.
Lo racional y lo razonable busca, en consecuencia, que la lucha contra el terrorismo se dirija desde lo institucional y sin extralimitar las funciones y potestades del Estado. Este uso de la fuerza debe estar encaminado en tres vías: 1) fortalecer la acción estatal; 2) mantener estándares mínimos en materia de protección de derechos humanos, y 3) establecer marcos éticos y jurídicos definidos para que la lucha contra el terrorismo se pueda realizar con operativos que no produzcan temor fundamental a la población. Esto supone que la violencia contra el terrorismo debe estar mediada, normativamente, con presupuestos claros de acción del Estado para proteger siempre los derechos humanos.
INESTABILIDAD GLOBAL Y DIALÉCTICA DEL ODIO. LA NECESIDAD DE UN NUEVO MARCO COMÚN DE SEGURIDAD
No se puede enfrentar el terrorismo con métodos que usualmente se utilizan en la guerra. Los ciudadanos viven en un estado de alerta, presión y temor. El estrés que producen las nuevas formas del terrorismo (Moten, 2010) o de un terrorismo desterritorializado a escala global, proviene sobre todo del temor a la violencia extrema e impredecible. Como señala Garapon y Rosenfeld (2016), el estado de estrés se engendra por la imposibilidad de ubicar la amenaza tanto física como moral: el peligro no tiene un perfil preciso; no se sabe con exactitud por qué se produce el odio; no se sabe dónde empieza, ni cuándo termina y sus alcances reales.
El terrorismo ha creado inestabilidad global en los Estados determinando, de cierto modo, el relacionamiento entre estos. Al mismo tiempo, ha sido el responsable del surgimiento de una incertidumbre permanente entre los ciudadanos, estimulador de una suerte de dialéctica del odio tal como lo indica Korstanje (2013, pp. 179-188),23 donde los Estados se muestran incapaces de garantizar el orden y los terroristas lesionan al más indefenso para erosionar la credibilidad institucional en la percepción de los ciudadanos. Esto ha llevado a una pérdida en la creencia de un marco común de seguridad.24 Los Estados democráticos reconocen que no han sido efectivas las políticas frente al terrorismo, y que han sido incapaces de garantizar la seguridad entre sus ciudadanos. Esto ha creado un sentimiento de pánico entre los seres humanos, donde el terrorismo es el encargado de agudizar este sentimiento, en palabras de Sloterdijk (2003) y Virilio (2004).25 La lucha contra el terrorismo no es un asunto principalmente de Estados contra Estados, sino que son actos circunstanciales que ya no tienen un lugar ni tiempo definidos. Los Estados deben buscar soluciones que consoliden la seguridad estatal y que, a la vez, recuperen el sentimiento de seguridad entre los ciudadanos al exterior e interior de sus territorios.
La ofensiva contra el terrorismo no está relacionada exclusivamente con soluciones bélicas, policiales o procesales o, como señala Ackerman (2007, p. 4), no es un simple asunto de lucha contra el crimen, ni contra una ideología determinada. La única forma razonable de imaginar la lucha contra el terrorismo reside en la capacidad de un diálogo razonado entre todos los miembros de una sociedad, en la capacidad de los gobiernos y de las sociedades para restaurar el sentimiento de colectividad, para reformular el pacto democrático y para adaptarse a un contexto radicalmente nuevo, en el que la comprensión del otro y la aceptación de las diferencias sean importantes a la hora de comprender el terrorismo.
Se hace ineludible restaurar el sentimiento de seguridad porque los Estados no solamente deben garantizar la seguridad de los ciudadanos a cualquier costo, sino que deben restaurar el sentimiento de la securitas entre ellos. El término latino securitas hace referencia a una virtud romana que alude a un estado de tranquilidad, de confianza en sí mismo y sin recelo con nada ni nadie. Esta virtud, de origen estoico, indica un estado de bienestar personal que es propiciado por un gobierno capaz de brindar a sus ciudadanos una vida estable y pacífica. La relación que, a través del significado de securitas, se establece entre la democracia y bienestar personal, aparece en varias fuentes estoicas.26 Allí la securitas es una virtud pública y un tema constante dentro de la sociedad y la política romana porque era un deseo de los ciudadanos y una necesidad que debía brindar el Estado a sus ciudadanos.
El estudio de Garapon y Rosenfeld (2016) sugiere que los Estados establezcan un diálogo razonado con sus ciudadanos para que se alejen de la idea desesperanzadora de que lo único que puede garantizar la seguridad es precisamente la crueldad y la bestialidad y no los medios pacíficos para su prevención, como el diálogo. Ahora bien, ¿en qué consiste este diálogo razonado? Es necesario volver a la tradición de la teoría política para restablecer el sentimiento de seguridad (securitas) entre los ciudadanos, como se anotó anteriormente.
Rescatar el sentimiento de lo colectivo, en un sentido estoico,27 es oponerse al pánico y al temor de modo oportuno, de allí que se deba insistir en la capacidad de recuperar la serenidad y la confianza renovada en las instituciones democráticas y, para ello, será clave la legitimidad institucional. Luchar contra el terrorismo, no por todos los medios, sino dentro del marco del Estado de derecho. El respeto por el Estado de derecho exige poner en práctica un sistema de justicia constitucional más abierto que busque introducir la proporcionalidad en las relaciones disímiles que crea el terrorismo global. De hecho, el terrorismo, crimen de lesa humanidad, por sus dimensiones, naturaleza e imprevisibilidad, supera todo marco de justicia al tiempo que golpea el sentido de la justicia misma.
La fortaleza de la justicia en las democracias consiste en no responder con el mismo acto de violencia evitando estar al nivel del adversario. La justicia, en su mayor y más digno grado o en un sentido estoico, implica hacer de la desigualdad con el terrorista un principio de justicia en tanto todo acto de enjuiciamiento debe estar en el plano de la justicia y la equidad.
Otro elemento para recuperar el sentimiento de seguridad es la resistencia frente al populismo del miedo, que se nutre de las cenizas del “estrés postraumático” de las instituciones democráticas. Como lo señala Curbet (2006): “dentro de las dificultades para la comprensión de la violencia terrorista, es la representación que se hace del terrorista como enemigo, cada uno designa como barbarie lo que no es de su uso” (p. 79). Repensar al terrorista, no con la intención de justificarlo, sino para tratar de entender la cosmovisión que lo impulsa a cometer atentados.
La comprensión de la cosmovisión del terrorista, de su inclusión a una comunidad política en una escala de valores distinta, es una tarea difícil que requiere alejarse de lo que Revault d’Allones (2011) denomina “falta de imaginación de los similares” (p. 608) para advertir que el terrorista actúa en una sociedad a la que no pertenece y a un mundo ajeno a su cultura y religión. En los actos terroristas no hay ninguna circunstancia que sea defendible o coherente con alguna ideología, convicción religiosa, filosófica o moral, pero sí es posible comprender las “razones” de los actos y adoptar una actitud de prevención, de seguridad y de serenidad.
Este cambio en la representación del otro, o del terrorista, se justifica para restablecer el sentimiento de lo colectivo, de la filia, lo que permitirá juzgar al terrorista dentro de un marco legal en el que sus derechos y su dignidad sean respetados y tenga oportunidad la lógica de la comprensión racional. Estos son aspectos complejos que todos los actores de una sociedad deben adaptar para garantizar el diálogo razonable y el relacionamiento entre los Estados. Hacer de la violencia la lucha verdadera contra el terrorismo, es caer en un fracaso, sostienen Garapon y Rosenfeld (2016). Los gobiernos deben consolidar la democracia y restaurar los valores, lo que llevaría a los ciudadanos a recuperar el sentimiento de la seguridad. El terrorismo obliga a encontrar una nueva relación con nosotros mismos, con el otro, con lo sagrado, con lo colectivo y con la justicia; es decir, es necesario comprender que se habita un mundo común, pero con distintas cosmovisiones.
Las organizaciones internacionales han tratado de establecer marcos operativos para que, desde la prevención, se alerte sobre posibles atentados y se logre desmotivar al terrorista de su acción a partir de la lógica racional, de tal forma que desmonte la idea de que el “otro” ciudadano es un potencial enemigo absoluto. Uno de los problemas que pueden enfrentarse es que se debe recurrir a las herramientas de lo jurídico y de lo práctico para minimizar su impacto. Se ofrecen como alternativas vías neurálgicas que son la prevención y la preempción ante este fenómeno. Ambas constituyen problemas de orden ético y político. La prevención implica acciones de un Estado frente a potenciales enemigos sin el conocimiento certero de que son una amenaza. La guerra preventiva contra Irak constituyó un fracaso internacional ante la prevención del terrorismo porque marcó una ruta de violación a los derechos humanos y trajo dudas frente a la legalidad política y social que un actor internacional como Estados Unidos pudo hacer en un momento determinado. La prevención, por su parte, tiene sus límites porque, en los marcos del derecho internacional, si bien hay un interés de lucha contra el terrorismo, no significa que los Estados estén por encima de toda norma para obtener la preservación de la paz.
Después del 11-S la normatividad internacional ha evolucionado adaptándose a los cambios en la sociedad para no producir un daño al núcleo básico de protección de todo ciudadano, incluido aquel que pueda ser denominado como terrorista. Resulta paradójico que, si bien se puede identificar a un sujeto como parte de una célula terrorista y, en consecuencia, como un actor letal al Estado, también deba considerarse ante el derecho internacional como sujeto receptor de derechos que mínimamente deben tutelársele al momento de su captura.
La prevención reivindica una acción del Estado, pero este puede extralimitar su acción y quebrantar las normas internacionales si no se aplica con exactitud. La prevención no es más que una de las vías de los Estados que previene el daño a personas inocentes y no causaría un desequilibrio en el marco del derecho internacional; por ello, los estándares de aplicación de esta opción deben estar mediados por una lógica racional de acción del Estado. El límite a la intervención en un caso de terrorismo internacional no está del todo definido. La labor de las Naciones Unidas ha de garantizar que los Estados en la defensa de su soberanía cumplan estándares que protejan al ciudadano del daño potencial de un acto terrorista y, a su vez, limite el uso de la fuerza contra los actores terroristas.
La preempción, por su parte, significa una reacción armada de un Estado ante una amenaza real, comprobada e inmediata que justificaría el pleno desarrollo de operaciones militares para minimizar la acción del terrorismo.28 Esta postura tiene unas aristas que se deben considerar para que no haya error en su interpretación y aplicación. Una de ellas, a partir de la teoría normativa internacional en las relaciones internacionales, es que las reacciones frente al terrorismo tienen que estar plenamente justificadas siempre y cuando la amenaza sea real o comprobada fácticamente. Si esto no ocurre, es imposible argumentar un acto racional de defensa del Estado en la preempción que, en términos internacionales, es una anticipación al acto terrorista para minimizar el posible daño.
Si bien la prevención es aceptada más a escala internacional con el supuesto de que hay un conocimiento anticipado, pero no probado de la acción terrorista, esta no puede justificar el uso excesivo de la fuerza. La preempción también podría ser aprovechada por algún actor estatal para definir como enemigo absoluto al terrorista y aniquilarlo con el argumento de que no puede recapacitar. La vía razonable y racional que se plantea en este artículo indica que no debe tratarse al terrorista como enemigo absoluto, sino como un sujeto que, por vía de un radicalismo o cualquier idiosincrasia, desconoce los marcos de resolución de conflicto apelando a la violencia, pero que puede ser persuadido por una lógica discursiva, aunque en algunos casos quepa la reacción directa sobre ellos.
La lógica del terror conlleva la aniquilación del otro, en cambio, la lógica razonada es la persuasión, que significa que los Estados pueden expedir marcos normativos para prevenir el terrorismo y promover el diálogo multilateral para hacerle frente y reducir el daño que puede ocurrir a la sociedad. El terrorismo debe ser enfrentado tanto por la vía de la coerción como por las fórmulas democráticas y normativas en tanto amenaza a las instituciones democráticas.
La perspectiva racional y razonable en la lucha contra el terrorismo requiere del concurso de la comunidad internacional para que se haga efectivo el respeto de las personas en torno a lo siguiente: se considere al terrorismo como una amenaza al orden de cualquier nación; se evite la lógica de la visión del enemigo absoluto para derrotarlo; se busquen maneras preventivas para reducir su elevación a máximas expresiones de violencia y reivindique en el discurso la dignidad de todo ser humano con el ánimo de reducir el daño a la integridad de las personas y lograr una integración social multicultural.
CONCLUSIÓN
En la historia han aparecido numerosas formas de producir violencia: hoy se identifica con el terrorista, ayer con los lugares preformales de la mitología arcaica, el gran dragón, la serpiente cósmica, el diablo, el bárbaro, los extranjeros, entre otros. Mañana aparecerán otros a quienes será preciso agregar a la larga lista existente. La violencia produce fricción, de allí que enfrentar al terrorismo internacional sin menoscabar los principios de convivencia y pacto social entre los pueblos sea central para todos los sistemas políticos en el mundo. Los desafíos del terrorismo global obligan a las sociedades, más allá de las políticas de seguridad, a rehacer la política entre todos los actores tal como señaló Arendt, donde la política se origina en el espacio creado por los mismos hombres. Es, en las grietas de este espacio (la desconfianza o los intereses particulares), donde se ha de trabajar colectivamente a medida que se llenan los vacíos que crean los errores, las confusiones que generan más violencia.
Algunos retos o desafíos para seguir comprendiendo el fenómeno aquí tratado, sugiere propositivamente caminos para seguir explorando escenarios de respuestas tentativas:
la convergencia entre lo universal y lo particular: una sociedad globalizada no puede aspirar a ser homogénea por interdependiente que parezca (como ocurrió en determinada circunstancia con el cristianismo o el islam). A lo que sí puede aspirar una sociedad es a tener unos marcos de tolerancia ante la diferencia religiosa, cultural, étnica o de cualquier tipo que posibilite la integración. Claro está, se debe evaluar cualquier proyecto de universalización que pueda socavar las bases del derecho internacional humanitario y atentar contra la vida humana en sus múltiples expresiones.
Paradigmas totalizantes: la pretendida universalización del mundo, desde una lógica política y de poder, ocasionó choques indeseables que ya constituyen todo un bagaje histórico para la sociedad. No es posible, en estas circunstancias, que se pueda hablar de una pretendida paz universal (Kant), si no se comprende la diferencia antropológica, religiosa y cultural que el mundo reúne. La posibilidad de la coexistencia pacífica –por utilizar un aspecto de la guerra fría– puede ser un buen ejemplo de convivencia, reconociendo que hay distintos puntos de vista frente a lo político y lo económico, pero que es factible una convivencia real de la comunidad internacional siempre y cuando haya un reconocimiento de todos los actores internacionales como pieza clave para la convivencia. Cuando alguno de ellos rechaza esta opción ocasiona una ruptura del orden internacional y va produciendo un caos que, en última instancia, causa guerras y desorden global. ¿Quién tiene la última palabra para poder hablar de un orden internacional? ¿Las potencias, las religiones, las ideologías, los fundamentalismos? Los acuerdos internacionales son los que llevan a consensos sobre los actos y, por ello, una de las vías para evitar este choque indefinido con el terrorismo es la ruta del consenso para reducir sus efectos dañinos materiales y su expansión ideológica que puede ser mucho más dolorosa y efectiva.
La vía del reconocimiento: una de las opciones más efectivas que se puede tener en el ámbito internacional frente al fenómeno del terrorismo es el camino del reconocimiento; el otro no es un enemigo absoluto, es otro con el que se puede convivir y dialogar. Ahora bien, los radicalismos no sólo pueden ser de un solo lado, pueden ser de ambos, como ocurrió en la guerra fría, y esto afecta a las relaciones entre los Estados y al mismo ser humano de forma directa. Para la filosofía el agon (ᾰγών) o el contradictor, se puede comprender y hacer acuerdos sin el riesgo de eliminarlo.
Atomización del sujeto: El terrorismo internacional tiene hoy dimensiones transnacionales y continúa creando enemigos alrededor del mundo como una estrategia política. En el marco de la teoría política, el otro como sujeto no puede ser una cosa, anulando y negando el reconocimiento de su dignidad. Una visión antropológica frente al terrorismo no pretende desconocer su fuerza y su efecto en la sociedad, también debe permitir una reflexión que pueda entender que el otro es un ser humano, con derechos inalienables. Además, debe comprender que en muchos casos el terrorista está alienado, privado de su conciencia, de su autonomía, atomizado, y que su acción fáctica puede ser producto del miedo. Se puede neutralizar o detener al terrorista, pero jamás la idea que lo crea, de ahí que entre lo racional y lo razonable se busquen alternativas para avanzar en la calidad del debate público frente al terrorismo internacional.
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1 En relación con las posturas filosóficas en el contexto de las revoluciones europeas, véase el trabajo de Ulrich Gumbrecht, Reichardt y Van Den Heuvel (2015).
2 Es una idea conocida de Jakobs (2006) que ha salido del ámbito académico y su discurso ha aparecido en la prensa.
3 En este párrafo se sigue la reciente publicación de Garapon y Rosenfeld (2016).
4 Por ejemplo, el método de la simulación de asfixia.
5 Estos desafíos son planteados en el trabajo de Cyrille Bret (2018).
6 Así se da el triunfo del terrorismo y la derrota de un país y una cultura (Garapon y Rosenfeld, 2016).
7 No existe consenso definitivo sobre el terrorismo, ni siquiera las Naciones Unidas tienen una resolución totalmente unificada. Desde 1963 hasta 1999 se alcanzó una docena de tratados para enfrentarse a este problema, pero ninguno recogía una definición unívoca de terrorismo. El único que lo definía era el Convenio Internacional para la Supresión de la Financiación de Terrorismo, de 1999, que entró en vigor en 2003, pero resulta poco útil.
8 Algunos teóricos, entre ellos Kepel (2001), explican las vertientes del fundamentalismo, afirmando que la justificación teológica sobrepasa cualquier límite racional y, por ello, la acción del terrorismo no aceptaría algún tipo de negociación o de solución para evitar dichos actos. Esta posición ciertamente se limita al terrorismo “religioso” o el “fundamentalista”, dejando a un lado otros terrorismos que han llegado a acuerdos políticos, como el fln de Argelia o la olp en Israel. Ante lo cual se produce una disyuntiva para el Estado moderno que lo coloca entre la acción armada y la vía de la negociación.
9 Estas mismas fuentes son recogidas y comentadas en el trabajo de Giovanna Borradori (2003). Igualmente, el trabajo de Miller (1995) hace un análisis de otras fuentes históricas y filosóficas de lo que se puede entender por terror en la Modernidad. Otras fuentes filosóficas son Luna (2009, pp. 194-214) o Glucksmann (2002).
10 Para Rapoport (2004, pp. 1061), esta problemática se debe a los reacomodos del vocabulario político que han sido constantes en la historia. Otros autores que abordan esta compleja tarea de precisar el contexto son Laqueur (1999); Reinares (2005, pp. 1-6); Taylor (1993); Whitbeck (2002, pp. 97-106).
11 Yuval Harari (2018) sugiere que el terrorismo está sobredimensionado, por lo que no debemos asustarnos.
12 Los aportes de Karl Heinzen son fundamentales en el estudio del terrorismo, concretamente para entender desde tres puntos de vista: el terrorismo como un fenómeno transnacional; como una serie de estrategias que causan terror y con una herramienta que impulsa progresivamente la sociedad humana a la violencia. Para un mayor estudio, véase Bessner y Stauch (2010).
13 Una versión online de Mord und freiheit, publicada en 1853 por Selbstverlag des Verfassers, puede consultarse en Heinzen (1851).
14 Una perspectiva socioeconómica que, basada en un caso particular, puede ayudar a complementar el análisis del terrorismo como fenómeno sociológico, es Enobi y Johnson-Rokosu (2016).
15 Según Walzer (2006), el terrorismo es comprendido como el “asesinato indiscriminado de personas inocentes” en los que son responsables tanto los movimientos radicales como los gobiernos (pp. 197-198). En tanto Bellamy (2009) lo considera como forma de hacer la guerra, un método o técnica de lucha: “ataque deliberado a no combatientes con fines políticos” (p. 211).
16 Si se parte de la noción de que un acto terrorista busca generar terror en la población, podemos decir que: 1) pueden existir gobiernos que usan el terror como forma de control político (estalinismo, fascismo); gobiernos que usan actos terroristas sobre otras poblaciones (Francia en Argelia), pero son democráticos en su propio territorio; grupos que usan la violencia terrorista (pero no son grupos terroristas per se) para llegar a una negociación política como los movimientos de liberación nacional o separatistas; grupos que usan el terrorismo sin un objetivo muy claro (el ataque del 11s no fue reivindicado por ningún grupo) o los actos terroristas de grupos radicales o fundamentalistas a nombre de una ideología o religión, como el caso del atentado de Oklahoma, en donde no había una reivindicación política.
17 Este evento marca un antes y un después en la comprensión del terrorismo. Será una fecha emblemática por el carácter mediático del hecho unido a su espectacularidad, pues situaciones similares se habían producido antes; por ejemplo, en los deportistas israelíes asaltados durante la olimpiada de Múnich. Para profundizar más en esta idea, véanse los trabajos de Heisbourg (2001) y Burgat (2010).
18 En los planos filosófico y literario encontramos varias obras que evidencian, en primer lugar, una preocupación por los peligros psicológicos y sociales que trae consigo el terrorismo, y también, un intento de dar respuestas desde el ámbito moral. En el caso de la literatura, son importantes textos como Noventa y Tres (Quatre-vint-treize, 1874) de Víctor Hugo (2002), en el que se retrata una sociedad en la que reinaba el terror; también son interesantes los análisis que Albert Camus (1978; 2012) hace tanto en El hombre rebelde (L’Homme révolté, 1951) como en Los Justos (Les justes, 1949) del papel que los hombres tienen en una sociedad reinada por el terror y las injusticias. Igualmente, en Los demonios (Bésy, 1871-1872) de Fiódor Dostoyevski (2011), se retrata la psicología de un personaje, Serguéi Necháyev, quien aparece como un asesino revolucionario y terrorista, anarquista y nihilista. En el caso de los tratados filosófico-políticos, son especialmente importantes las reflexiones sobre el terrorismo realizadas por Foucault (1982, p. 12); asimismo, el análisis sobre el terrorismo internacional que Derrida (2004) realizó en su columna. Otros estudios que abordan el fenómeno del terrorismo desde un plano filosófico-político, son los siguientes: Coady y O’Keefe (2000); Hassner (2015); Laurens y Delmas-Marty (2013); Primoratz (2004).
19 En una línea del tiempo, se han presentado numerosos actos considerados terroristas, algunos como el 11 de marzo de 2004 en Madrid, el 7 de junio de 2005 en Londres, el 13 noviembre de 2015 en Francia, 22 de marzo de 2016 en Bruselas, entre muchos otros.
20 Para Robert Litwak (2007) el término rogue states o “estados rebeldes” entró en el léxico de la política exterior de Estados Unidos después de la guerra fría para designar a los regímenes que emplearon el terrorismo como un instrumento de política estatal e intentaron adquirir armas de destrucción masiva en pos de objetivos políticos. En este grupo fueron incluidos Irak, Libia, Irán y Corea del Norte.
21 A pesar de que Rawls (2001) dirigió su análisis sobre el trasfondo inesperado del giro de la historia mundial tras el final de la guerra fría, particularmente al nuevo orden mundial anunciado a propósito de la guerra del Golfo y las guerras humanitarias, sus particulares preocupaciones sobre los principios globales que deberían gobernar tanto a los pueblos democráticos como decentes son sumamente cuestionables, pero útiles para este análisis.
22 El autor señala que Rawls se anticipa a la problemática de la defensa de los valores occidentales frente al terrorismo fundamentalista y da prelación al acuerdo reflexivo antes que a la confrontación violenta (Rodríguez, 2005, p. 206).
23 En este mismo sentido, una relación entre el odio y los escenarios terroristas en Glucksmann (2005).
24 Varios ejemplos acerca de temor y el sentimiento de la pérdida de la seguridad entre los ciudadanos, pueden verse en Korstanje (2015).
25 El autor señala que el terrorismo es una preocupación para los gobiernos, pero también se ha convertido en un fenómeno que invadió la vida de los hombres (Virilio, 2004).
26 Varios pasajes de Cicerón y Séneca aluden de esta relación: Cicerón (1987, Fin. 5, 8, 23; 2005, Tusc. 5, 15, 42; 1945, Off. 1, 21, 69; Séneca (2020, Ep. 105, 7).
27 Hablar de lo colectivo en un sentido estoico, es referirse al concepto de oikeiosis. Concepto fundamental en la ética estoica y clave para entender las nociones de convivencia y justicia en las sociedades.
28 Bellamy (2009, p. 244) diferencia tres escuelas de pensamiento revisionistas que reclaman un cambio en la concepción de la preempción en relación con el significado de inminencia respecto del terrorismo: la de los nuevos liberales, la de los nuevos realistas y la concepción excepcionalista representada por la Estrategia de Seguridad Nacional de 2002. El autor considera que es necesario repensar la autodefensa para que permita tomar en cuenta otros tipos de amenazas, creando una nueva concepción de la preempción, orientada a que la amenaza del terrorismo sea de un Estado –sea o no canalla–, o no de modo que el derecho ampliado a la preempción podría usarse para justificar el ataque a otro Estado.
* Producto vinculado al proyecto: “Cosmópolis: lenguaje e instituciones” (radicado cidi: 305C-11/18-36) adscrito al grupo de investigación Estudios Políticos de la Universidad Pontificia Bolivariana.
** Doctor en Filosofía por la Universidad Pontificia Bolivariana, profesor en la misma universidad. Sus líneas de investigación giran en torno a la teoría política, el conflicto armado y la estética.
*** Doctor en Filosofía por la Universidad Pontificia Bolivariana, profesor en la misma universidad. Sus líneas de investigación giran en torno a las relaciones internacionales, política educativa y el terrorismo.
**** Especialista en Derecho Penal de la Universidad eafit. Profesor en la Universidad Pontificia Bolivariana. Sus líneas de investigación versan sobre relaciones internacionales, religión y política, democracia constitucional y tributación, sociedad del riesgo y delitos de peligro abstracto, filosofía política y del derecho.